ARCHIVOS HISTÓRICOS

El sistema archivístico de la defensa

Los archivos militares españoles están viviendo un complejo proceso de adaptación orgánica a la nueva realidad, determinado, con relación a sus pautas tradicionales de actuación, por un lado, por la existencia de un Ministerio de Defensa común para los tres Ejércitos y, por otro, por el nuevo marco de relación con los usuarios de los archivos, definido por la Constitución de 1978.

Se podría pensar que, desde la creación del Ministerio de Defensa en 1977 y la aprobación de la Constitución al año siguiente, ha transcurrido tiempo suficiente para la realización de los cambios necesarios en los archivos militares. Pero hemos de recordar que, si bien la Constitución de 1978 establecía ese nuevo marco de relaciones que garantizaba la libertad de información y el libre acceso de los ciudadanos a los archivos y registros (artículos 20 y 105), el desarrollo legal del principio constitucional ha sido muy lento.

Desde la segunda mitad del siglo XIX los Ejércitos españoles han contado con sus propios sistemas archivísticos, entendiendo por tales el conjunto de archivos, servicios archivísticos, normas y medios humanos y materiales que han hecho posible la atención a los documentos de las Fuerzas Armadas desde su nacimiento hasta su destrucción o su ubicación definitiva en un archivo para su conservación permanente.

Así podemos explicar el que la adaptación mencionada anteriormente sea necesariamente complicada, por cuanto implica, en los casos del Ejército de Tierra y de la Armada, la reforma de estructuras con más de un siglo de antigüedad.

En todo caso, hemos de señalar que en ese proceso de transición se han producido algunos cambios absolutamente esenciales para el funcionamiento de los archivos. Principalmente mencionaremos que, en los años ochenta, se puso en marcha el Archivo Central del Ministerio de Defensa, pasando los anteriores archivos centrales de los Ministerios del Ejército, Marina y Aire a ser Archivos Generales de los Cuarteles Generales de los respectivos Ejércitos.

Sin embargo, si bien la creación del Ministerio de Defensa y la Constitución pusieron definitivamente en crisis los archivos militares, ya desde la década de los setenta se aprecian importantes problemas en ellos. En efecto, a pesar de la gran labor desarrollada a lo largo del siglo XIX, las carencias en estructuras suficientes para el volumen de la documentación acumulada en las décadas de los sesenta y setenta y la extinción de los cuerpos militares especializados en archivística militar anunciaban la necesidad de afrontar algunas reformas.

El reto consistía, por tanto, en primer lugar, en crear un sistema único e integral de todos los archivos militares; en segundo, en convertir éstos no sólo en órganos fundamentales para la gestión de la Administración militar, sino también en centros abiertos a aquellos ciudadanos que pudieran requerirlos para hacer valer sus derechos y a los investigadores en particular.

 

El reto es crear un sistema único e integral de todos los archivos militares

 

Uno de los archivos históricos del Ejército de Tierra se encuentra en El Alcázar de Segovia.                       arriba

Así, el Ministerio de Defensa puso en marcha en 1993 un vasto programa de estudio de la situación del patrimonio documental militar y, como consecuencia del mismo, afrontó la formulación de propuestas para llevar a cabo las reformas estructurales y normativas necesarias en materia de archivos. Para ello, el vehículo idóneo había de ser un ente coordinador de todos los cuarteles generales con presencia de los diferentes archivos de las Fuerzas Armadas y del propio Ministerio. Se creó así la Junta de Archivos Militares, por Orden Ministerial de 12 de enero de 1995. La Orden Ministerial por la que se creaba la Junta de Archivos Militares otorgaba a este órgano la competencia de promover el desarrollo normativo y la unificación de criterios sobre archivos militares, así como la coordinación y proyección de futuras acciones con respecto al patrimonio documental de los Ejércitos.

Fruto del trabajo de la Junta de Archivos Militares fue la redacción de un proyecto de Reglamento de Archivos Militares, aprobado por Real Decreto de 4 de diciembre de 1998, que pretende resolver los problemas pendientes mencionados anteriormente, superando la etapa de normativas dispares y renovando los planteamientos archivísticos más obsoletos.

Se define en este proyecto el Sistema Archivístico de la Defensa como el conjunto de organismos que estructuran, conservan, controlan y tratan la documentación producida o conservada por la Administración militar en cada una de sus etapas. Este conjunto de organismos forma parte, a su vez, del Sistema Español de Archivos, y cuenta con un órgano central de dirección y planificación en el Ministerio de Defensa y con dos órganos asesores esenciales: la Junta de Archivos Militares y la Comisión Calificadora de Documentos de la Defensa.
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El Sistema integra en él cuatro subsistemas archivísticos: el Subsistema Archivístico del Ejército de Tierra, el Subsistema Archivístico de la Armada, el Subsistema Archivístico del Ejército del Aire y el Subsistema del Órgano Central del Ministerio de Defensa y de los Cuerpos Comunes, cada uno de ellos con sus respectivos órganos de dirección, planificación y ejecución.

Se consagra el principio general del libre acceso, con las excepciones contempladas en la legislación general y las matizaciones pertinentes a los documentos que contienen información cuya difusión pueda afectar a la seguridad del Estado, haciendo de la Comisión Calificadora de Documentos el elemento esencial para dictaminar no sólo la validez administrativa o informativa de las series documentales, sino también su régimen de accesibilidad

La red de archivos

En todos los subsistemas se contempla una estructura homogénea de archivos en cuanto al ciclo vital de los documentos, perfilándose de forma clara archivos de oficina, centrales, intermedios e históricos, siguiendo el modelo de la Administración civil del Estado, si bien la cuantía y ubicación de los mismos está en consonancia con sus necesidades, con la estructura orgánica y territorial y con la tradición respectiva. Así, existirán:

1) Archivos de gestión en las oficinas productoras de documentos, en los que permanecerán durante su período de trámite.

2) Archivos centrales en todas las unidades, centros u organismos, buques e instalaciones (si bien pueden unificarse éstos en aquellos casos en los que se comparta un mismo edificio, base o acuartelamiento), en los que los documentos se conservarán hasta su transferencia a los archivos intermedios de acuerdo con su uso y necesidad administrativos, fijándose por defecto la referencia de cinco años de permanencia.

3) Archivos intermedios, uno en cada Cuartel General y otro para los órganos comunes a los tres Ejércitos, así como otros tantos como divisiones geográficas haya en zonas o regiones en los susbsistemas de los tres Ejércitos.

4) Archivos históricos. Se fija, por fin, que en todo subsistema exista, al menos, un archivo histórico para la conservación de los documentos que, con más de veinte años de antigüedad, deban conservarse indefinidamente. En la actualidad, el Ejército de Tierra cuenta con cinco archivos históricos, la Armada con cuatro, y el Ejército del Aire con uno. Para completar la red falta un Archivo Histórico de los órganos comunes de Defensa.
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