ARCHIVOS
HISTÓRICOS El
sistema archivístico de la defensa Los archivos militares españoles están viviendo un complejo
proceso de adaptación orgánica a la nueva realidad,
determinado, con relación a sus pautas tradicionales de actuación,
por un lado, por la existencia de un Ministerio de Defensa común
para los tres Ejércitos y, por otro, por el nuevo marco de relación
con los usuarios de los archivos, definido por la Constitución
de 1978. Se podría pensar que, desde la creación del Ministerio
de Defensa en 1977 y la aprobación de la Constitución al
año siguiente, ha transcurrido tiempo suficiente para la realización
de los cambios necesarios en los archivos militares. Pero hemos de recordar
que, si bien la Constitución de 1978 establecía ese nuevo
marco de relaciones que garantizaba la libertad de información
y el libre acceso de los ciudadanos a los archivos y registros (artículos
20 y 105), el desarrollo legal del principio constitucional ha sido muy
lento. Desde la segunda mitad del siglo XIX los Ejércitos españoles
han contado con sus propios sistemas archivísticos, entendiendo
por tales el conjunto de archivos, servicios archivísticos, normas
y medios humanos y materiales que han hecho posible la atención
a los documentos de las Fuerzas Armadas desde su nacimiento hasta su destrucción
o su ubicación definitiva en un archivo para su conservación
permanente. Así podemos explicar el que la adaptación mencionada anteriormente
sea necesariamente complicada, por cuanto implica, en los casos del Ejército
de Tierra y de la Armada, la reforma de estructuras con más
de un siglo de antigüedad. En todo caso, hemos de señalar que en ese proceso de transición
se han producido algunos cambios absolutamente esenciales para el funcionamiento
de los archivos. Principalmente mencionaremos que, en los años
ochenta, se puso en marcha el Archivo Central del Ministerio de Defensa,
pasando los anteriores archivos centrales de los Ministerios del Ejército,
Marina y Aire a ser Archivos Generales de los Cuarteles Generales de los
respectivos Ejércitos. Sin embargo, si bien la creación del Ministerio de Defensa y la
Constitución pusieron definitivamente en crisis los archivos militares,
ya desde la década de los setenta se aprecian importantes problemas
en ellos. En efecto, a pesar de la gran labor desarrollada a lo largo
del siglo XIX, las carencias en estructuras suficientes para el volumen
de la documentación acumulada en las décadas de los sesenta
y setenta y la extinción de los cuerpos militares especializados
en archivística militar anunciaban la necesidad de afrontar algunas
reformas. El reto consistía, por tanto, en primer lugar, en crear un sistema
único e integral de todos los archivos militares; en segundo,
en convertir éstos no sólo en órganos fundamentales
para la gestión de la Administración militar, sino también
en centros abiertos a aquellos ciudadanos que pudieran requerirlos
para hacer valer sus derechos y a los investigadores en particular.  |
El reto
es crear un sistema único e integral de todos los archivos
militares | |
Uno de los archivos históricos del Ejército de Tierra
se encuentra en El Alcázar de Segovia. |
arriba |
Así, el Ministerio de Defensa puso en marcha en 1993 un vasto
programa de estudio de la situación del patrimonio documental militar
y, como consecuencia del mismo, afrontó la formulación de
propuestas para llevar a cabo las reformas estructurales y normativas
necesarias en materia de archivos. Para ello, el vehículo idóneo
había de ser un ente coordinador de todos los cuarteles generales
con presencia de los diferentes archivos de las Fuerzas Armadas y del
propio Ministerio. Se creó así la Junta de Archivos Militares,
por Orden Ministerial de 12 de enero de 1995. La Orden Ministerial
por la que se creaba la Junta de Archivos Militares otorgaba a este órgano
la competencia de promover el desarrollo normativo y la unificación
de criterios sobre archivos militares, así como la coordinación
y proyección de futuras acciones con respecto al patrimonio documental
de los Ejércitos. Fruto del trabajo de la Junta de Archivos Militares fue la redacción
de un proyecto de Reglamento de Archivos Militares, aprobado por Real
Decreto de 4 de diciembre de 1998, que pretende resolver los problemas
pendientes mencionados anteriormente, superando la etapa de normativas
dispares y renovando los planteamientos archivísticos más
obsoletos. Se define en este proyecto el Sistema Archivístico de la Defensa
como el conjunto de organismos que estructuran, conservan, controlan y
tratan la documentación producida o conservada por la Administración
militar en cada una de sus etapas. Este conjunto de organismos forma parte,
a su vez, del Sistema Español de Archivos, y cuenta con un órgano
central de dirección y planificación en el Ministerio de
Defensa y con dos órganos asesores esenciales: la Junta de Archivos
Militares y la Comisión Calificadora de Documentos de la Defensa. . El Sistema integra en él cuatro subsistemas archivísticos:
el Subsistema Archivístico del Ejército de Tierra, el Subsistema
Archivístico de la Armada, el Subsistema Archivístico del
Ejército del Aire y el Subsistema del Órgano Central del
Ministerio de Defensa y de los Cuerpos Comunes, cada uno de ellos con
sus respectivos órganos de dirección, planificación
y ejecución. Se consagra el principio general del libre acceso, con las excepciones
contempladas en la legislación general y las matizaciones pertinentes
a los documentos que contienen información cuya difusión
pueda afectar a la seguridad del Estado, haciendo de la Comisión
Calificadora de Documentos el elemento esencial para dictaminar no sólo
la validez administrativa o informativa de las series documentales, sino
también su régimen de accesibilidad La red de archivos En todos los subsistemas se contempla una estructura homogénea
de archivos en cuanto al ciclo vital de los documentos, perfilándose
de forma clara archivos de oficina, centrales, intermedios e históricos,
siguiendo el modelo de la Administración civil del Estado, si bien
la cuantía y ubicación de los mismos está en consonancia
con sus necesidades, con la estructura orgánica y territorial y
con la tradición respectiva. Así, existirán: 1) Archivos de gestión en las oficinas productoras de
documentos, en los que permanecerán durante su período
de trámite. 2) Archivos centrales en todas las unidades, centros u organismos,
buques e instalaciones (si bien pueden unificarse éstos en aquellos
casos en los que se comparta un mismo edificio, base o acuartelamiento),
en los que los documentos se conservarán hasta su transferencia
a los archivos intermedios de acuerdo con su uso y necesidad administrativos,
fijándose por defecto la referencia de cinco años de permanencia. 3) Archivos intermedios, uno en cada Cuartel General y otro
para los órganos comunes a los tres Ejércitos, así
como otros tantos como divisiones geográficas haya en zonas o
regiones en los susbsistemas de los tres Ejércitos. 4) Archivos históricos. Se fija, por fin, que en todo
subsistema exista, al menos, un archivo histórico para la conservación
de los documentos que, con más de veinte años de antigüedad,
deban conservarse indefinidamente. En la actualidad, el Ejército
de Tierra cuenta con cinco archivos históricos, la Armada con
cuatro, y el Ejército del Aire con uno. Para completar la red
falta un Archivo Histórico de los órganos comunes de Defensa. arriba
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