Manuel Bueno Martín
Interedvisual
Siguiendo de alguna manera el
guión del texto expuesto en el folleto divulgativo de la ONCE (1999)
titulado DÉJATE GUIAR, texto e
ilustraciones de Antonio Mingote, expongo algunas recomendaciones para Vd, padre-madre o
maestro-maestra, amigo-amiga, o simple conciudadano-conciudadana que ha de
interactuar con un hijo o una hija, o con su vecino, o con su amiga... con
ceguera o muy graves problemas visuales.
1. Cuando hable con una persona con ceguera, no
base su conversación en los gestos y ademanes. Muy expresivos en el lenguaje
coloquial con una persona vidente, carecen de sentido, por inútiles, cuando
hablamos con una persona ciega. Evite palabras como "aquí",
"allí", "así...", "ahí detrás", "a mi
derecha" o "a mi izquierda", sobre todo cuando no puede ubicar
si está frente a ella, de espaldas o en perpendicular a la persona con la que
habla (ciega).
2. Cuando trate de ayudarle a desplazarse.
Ofrézcale su brazo, donde la persona ciega se sujetará levemente, e
indíquele con naturalidad y con breves frases los obstáculos que existan a su
paso ("un escalón", " un agujero", "una señal de
tráfico", "una farola", "una papelera", etc.). Si el
lugar es angosto (entre las mesas de un restaurante, por ejemplo), cogido a su
brazo, camine delante.
3. Puede seguir con él o con ella una
conversación normal mientras camina a su lado. No obstante, no deberían pasarle
inadvertidos los obstáculos inmediatos.
4. Si ha de sentarse, ponga a la persona ciega
en contacto con el asiento. Sabrá sentarse sin más ayuda.
5. No trate de acompañar a una persona con
ceguera a toda costa si no solicita ayuda. Si en algún caso intuye que la
necesita, pregúntele si la precisa. Actúe según le indique. No se moleste si la
rehúsa. Muchas personas ciegas han recibido la instrucción debida para caminar
solas, sobre todo en los lugares que frecuenta, o bien saben guiarse por su
instinto o por su costumbre.
6. Ayúdele, pero no haga las cosas en su lugar.
Si es pequeño, le acostumbrará mal; si es algo mayor, puede que hasta prefiera
hacerlo por sí mismo. Evite igualmente las cosas obvias: la falta de visión es
compatible con otras facultades.
7. Cuando hable con una persona ciega, a no ser
que, además, tenga pérdida auditiva, háblele con naturalidad, sin levantar la
voz.
8. No se deje llevar del nerviosismo, ni se
precipite cuando trate con una persona ciega. Su impedimento visual, no le
sitúa en posición de privilegio.
9. Las personas con baja visión también
necesitan información auxiliar, proporciónesela, siempre que pueda.
10. Cuando hable con una persona ciega no debe
omitir palabras que hagan referencia a la visión o la ceguera. Los
términos como "mirar", "veamos", o "estoy ciego
de envidia" no son tabúes en una conversación con una persona que no ve.
Seguro que también la emplea con los mismos significados, acepciones y
sobrentendidos que quien tiene una visión normal.
11. La persona ciega no aquejada por otras graves
discapacidades, seguramente sabe hablar. Si ha de recabar información acerca de
su persona, o de lo que desea, aunque esté acompañada, hágalo directamente.
Gane tiempo y evite un menosprecio.
12. No entre en explicaciones sin significado
para una persona ciega. Siempre que sea posible, deje que conozca por sí misma
aquellas características que están o que puedan estar al alcance de sus otros
sentidos.
13. El bastón y el sentido común son auxiliares
que permiten a la persona ciega detectar obstáculos con antelación suficiente.
Potencie su autonomía animándole a usarlo y póngala en manos de un técnico para
que le enseñe. Si es niño, cuando los demás niños salen solos por los
alrededores de su casa o de su escuela. Si perdió la visión de joven o de
adulto, de manera inmediata. Contribuirá a su integración social.
14. No deje de saludar, si la conoce o las
normas de cortesía lo exigen, a una persona ciega por el mero hecho de que le
ve. Si advierte su presencia, se sentirá molesta o triste. Evítele un
disgusto y contribuya a salir de su aislamiento.
15. Cuando trate de saludar con la mano a una
persona ciega, adelántese y estreche la mano que le tiende.
16. Anúnciese cuando entre en un lugar donde se
encuentre una persona ciega conocida o que deba saludar. El juego de las adivinanzas
es bueno como procedimiento de aprendizaje, fuera de ese contexto, evite a toda
costa que trate de adivinar quién es Vd.
17. No generalice. Tampoco todas las personas
ciegas son iguales, ni tienen las mismas habilidades, ni se comportan de la
misma manera.
18. Los ciegos son personas como las demás, con
sus ocupaciones y con sus preocupaciones, conflictos, problemas de salud,
y con sus alegrías.
19. Aconséjele, cuando la ocasión lo requiera,
con discreción. Si es pequeño enséñele cómo debe sentarse, cuál es la postura
correcta en todo momento, cuáles son las normas sociales al uso. Tenga en
cuenta que no aprende de lo que ve en los demás. Hasta los pormenores de una
conducta, de una posición, en la manera de vestirse o de asearse debe ser
enseñado paso a paso.
20. El orden es fundamental en la persona ciega.
Si lo habitual ha de ser alterado, adviértale previamente. El cambio de una
mesa, de una silla u otro mueble, por ejemplo. Se le habituará al orden, y a
que recoja y ordene sus enseres (juegos, ropa, cama, útiles de aseo, de
estudio, etc.). Orden en casa, en el colegio y en la clase, por su parte y por
la de los demás, responsables de su educación y de sus compañeros.
21. Si la persona ciega se acompaña de un
perro-guía no distraiga al animal, puede ser peligroso para la persona guiada.
22. Tampoco sienta incomodidad en su presencia.
El animal ha sido entrenado para cumplir su cometido de manera inofensiva,
discreta y eficaz. Si la persona ciega se acompaña de un perro-guía, tiene el
mismo derecho a estar en un lugar o transporte público que Vd. Le ampara la
normativa vigente, y el sentido común.
La LEY 5/1998, de
23 de noviembre, relativa al uso en Andalucía de perros guía por personas con
disfunciones visuales, fue aprobada por el Pleno del Parlamento de Andalucía en
sesión celebrada el día 11 de noviembre de 1998 y publicada en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía núm. 141, del 12 de diciembre de 1998. Primera normativa en tal sentido en todo el
territorio español.
Su texto ha sido publicado en un
folleto informativo por la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de
Andalucía. La referencia bibliográfica es la siguiente: IASS (1998): Ley relativa al uso en Andalucía de Perros Guía por
personas con disfunciones visuales. Sevilla: Instituto Andaluz de
Servicios Sociales. Consejería de Asuntos Sociales. Junta de Andalucía.
Puede acceder a su texto completo
pulsando el siguiente enlace que corresponde a la URL de la Consejería que
publica el documento normativo:
http://www.nexus.cas.junta-andalucia.es/web_spd/publica/documentos/perrosguia.htm
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