Recomendaciones para cómo comportarse con una persona ciega

Manuel Bueno Martín

Interedvisual

INTEREDVISUAL@terra.es

 Siguiendo de alguna manera el guión del texto expuesto en el folleto divulgativo de la ONCE (1999)  titulado DÉJATE GUIAR,  texto e ilustraciones de Antonio Mingote, expongo algunas recomendaciones para Vd, padre-madre o maestro-maestra, amigo-amiga, o simple conciudadano-conciudadana que ha de interactuar con un hijo o una hija, o con su vecino, o con su amiga... con ceguera o muy graves problemas visuales.

1.     Cuando hable con una persona con ceguera, no base su conversación en los gestos y ademanes. Muy expresivos en el lenguaje coloquial con una persona vidente, carecen de sentido, por inútiles, cuando hablamos con una persona ciega. Evite palabras como "aquí", "allí", "así...", "ahí detrás", "a mi derecha" o "a mi izquierda", sobre todo cuando no puede ubicar si está frente a ella, de espaldas o en perpendicular a la persona con la que habla (ciega).

2.     Cuando trate de ayudarle a desplazarse. Ofrézcale su brazo, donde la persona ciega se sujetará levemente,  e indíquele con naturalidad y con breves frases los obstáculos que existan a su paso ("un escalón", " un agujero", "una señal de tráfico", "una farola", "una papelera", etc.). Si el lugar es angosto (entre las mesas de un restaurante, por ejemplo), cogido a su brazo, camine delante.

3.     Puede seguir con él o con ella una conversación normal mientras camina a su lado. No obstante, no deberían pasarle inadvertidos los obstáculos inmediatos.

4.     Si ha de sentarse, ponga a la persona ciega en contacto con el asiento. Sabrá sentarse sin más ayuda.

5.     No trate de acompañar a una persona con ceguera a toda costa si no solicita ayuda. Si en algún caso intuye que la necesita, pregúntele si la precisa. Actúe según le indique. No se moleste si la rehúsa. Muchas personas ciegas han recibido la instrucción debida para caminar solas, sobre todo en los lugares que frecuenta, o bien saben guiarse por su instinto o por su costumbre.

6.     Ayúdele, pero no haga las cosas en su lugar. Si es pequeño, le acostumbrará mal; si es algo mayor, puede que hasta prefiera hacerlo por sí mismo. Evite igualmente las cosas obvias: la falta de visión es compatible con otras facultades.

7.     Cuando hable con una persona ciega, a no ser que, además, tenga pérdida auditiva, háblele con naturalidad, sin levantar la voz.

8.     No se deje llevar del nerviosismo, ni se precipite cuando trate con una persona ciega. Su impedimento visual, no le sitúa en posición de privilegio.

9.     Las personas con baja visión también necesitan información auxiliar, proporciónesela, siempre que pueda.

10. Cuando hable con una persona ciega no debe omitir palabras que hagan referencia a la visión o la ceguera. Los términos  como "mirar", "veamos", o "estoy ciego de envidia" no son tabúes en una conversación con una persona que no ve. Seguro que también la emplea con los mismos significados, acepciones y sobrentendidos que quien tiene una visión normal.

11. La persona ciega no aquejada por otras graves discapacidades, seguramente sabe hablar. Si ha de recabar información acerca de su persona, o de lo que desea, aunque esté acompañada, hágalo directamente. Gane tiempo y evite un menosprecio.

12. No entre en explicaciones sin significado para una persona ciega. Siempre que sea posible, deje que conozca por sí misma aquellas características que están o que puedan estar al alcance de sus otros sentidos.

13. El bastón y el sentido común son auxiliares que permiten a la persona ciega detectar obstáculos con antelación suficiente. Potencie su autonomía animándole a usarlo y póngala en manos de un técnico para que le enseñe. Si es niño, cuando los demás niños salen solos por los alrededores de su casa o de su escuela. Si perdió la visión de joven o de adulto, de manera inmediata. Contribuirá a su integración social.

14. No deje de saludar, si la conoce o las normas de cortesía lo exigen, a una persona ciega por el mero hecho de que le ve. Si advierte su presencia,  se sentirá molesta o triste. Evítele un disgusto y contribuya a salir de su aislamiento.

15. Cuando trate de saludar con la mano a una persona ciega, adelántese y estreche la mano que le tiende.

16. Anúnciese cuando entre en un lugar donde se encuentre una persona ciega conocida o que deba saludar. El juego de las adivinanzas es bueno como procedimiento de aprendizaje, fuera de ese contexto, evite a toda costa que trate de adivinar quién es Vd.

17. No generalice. Tampoco todas las personas ciegas son iguales, ni tienen las mismas habilidades, ni se comportan de la misma manera.

18. Los ciegos son personas como las demás, con sus ocupaciones y con sus preocupaciones, conflictos, problemas de salud,  y con sus alegrías.

19. Aconséjele, cuando la ocasión lo requiera, con discreción. Si es pequeño enséñele cómo debe sentarse, cuál es la postura correcta en todo momento, cuáles son las normas sociales al uso. Tenga en cuenta que no aprende de lo que ve en los demás. Hasta los pormenores de una conducta, de una posición, en la manera de vestirse o de asearse debe ser enseñado paso a paso.

20. El orden es fundamental en la persona ciega. Si lo habitual ha de ser alterado, adviértale previamente. El cambio de una mesa, de una silla u otro mueble, por ejemplo. Se le habituará al orden, y a que recoja y ordene sus enseres (juegos, ropa, cama, útiles de aseo, de estudio, etc.). Orden en casa, en el colegio y en la clase, por su parte y por la de los demás, responsables de su educación y de sus compañeros.

21. Si la persona ciega se acompaña de un perro-guía no distraiga al animal, puede ser peligroso para la persona guiada.

22. Tampoco sienta incomodidad en su presencia. El animal ha sido entrenado para cumplir su cometido de manera inofensiva, discreta y eficaz. Si la persona ciega se acompaña de un perro-guía, tiene el mismo derecho a estar en un lugar o transporte público que Vd. Le ampara la normativa vigente, y el sentido común.

La LEY 5/1998, de 23 de noviembre, relativa al uso en Andalucía de perros guía por personas con disfunciones visuales, fue aprobada por el Pleno del Parlamento de Andalucía en sesión celebrada el día 11 de noviembre de 1998 y publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 141, del 12 de diciembre de 1998. Primera normativa en tal sentido en todo el territorio español.

Su texto ha sido publicado en un folleto informativo por la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía. La referencia bibliográfica es la siguiente: IASS (1998): Ley relativa al uso en Andalucía de Perros Guía por personas con disfunciones visuales. Sevilla: Instituto Andaluz de Servicios Sociales. Consejería de Asuntos Sociales. Junta de Andalucía.

Puede acceder a su texto completo pulsando el siguiente enlace que corresponde a la URL de la Consejería que publica el documento normativo:

http://www.nexus.cas.junta-andalucia.es/web_spd/publica/documentos/perrosguia.htm

 

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